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¿Dónde está el límite? ¿Hasta dónde puede llegar el afán vigilante de la empresa? La tecnología ha abierto un sinfín de posibilidades. Desde el monitoreo de los movimientos informáticos hasta la instalación de sistemas GPS en el coche.
1. ¿Pueden grabarme?
Pueden, aunque no indiscriminadamente y siempre que haya habido un aviso previo y personal a cada trabajador. La empresa puede, por ejemplo, instalar cámaras que vigilen la actividad en la caja, «pero en ningún caso se permite la captación de imágenes en zonas de descanso o conversaciones privadas»,
2. ¿Pueden controlar lo que veo en internet o mi correo?
El pasado septiembre, el Tribunal Supremo dictó una resolución importante que podría sentar jurisprudencia. Se afirmaba que las empresas no pueden controlar los ordenadores si previamente no han advertido al trabajador de su espionaje
3. ¿El que avisa no es traidor?
Entonces, ¿en ningún caso puede el empresario monitorizar el correo o Internet? Falso. Sí puede, siempre y cuando lo avise con anterioridad y, en su caso, se pacten las reglas de uso y de control con el comité de empresa, si lo hubiera.
4. ¿Puede la empresa contratar a un detective privado?
Puede. ... A menudo los juzgados aceptan dichas pruebas para justificar un despido, siempre y cuando hayan sido tomadas en lugares públicos. El domicilio y otros entornos privados son en todo caso inviolables.
5. ¿Y también escuchar mis conversaciones telefónicas?
No, en ningún caso. Como mucho, la empresa puede tener acceso al registro de llamadas siempre y cuando el teléfono sea suyo.
6. ¿Y... si me instalan un GPS en el coche?
En algunos sectores, sí se puede....Siempre que se informe al trabajador de que se está realizando ese control,
7. ¿La papelera es privada?
En ningún caso puede la compañía rebuscar en la papelera para obtener documentos comprometedores. Lo que cada uno arroja a la basura es parte de su intimidad y no es legal registrarlo.